El Boletín Oficial del Estado publica hoy la Ley 18/2013 para la regulación de la Tauromaquia como Patrimonio Cultural que en su preámbulo reconoce la misma como «parte del patrimonio histórico y cultural de todos los españoles, en cuanto actividad enraizada en nuestra historia y nuestro acervo cultural común». Y añade que es «signo de identidad colectiva, y ello justifica que su preservación corresponda y competa a todos los poderes públicos».
En el texto se expone que «la Tauromaquia constituye un sector económico de primera magnitud, con una incidencia tangible en ámbitos diversos y dispersos como son el empresarial, el fiscal, el agrícola-ganadero, el medioambiental, el social, el alimentario, el industrial o el turístico, entre otros. En consecuencia, corresponde al Estado ordenar y fijar las directrices y criterios globales de ordenación del sector taurino, en su doble e inseparable aspecto de patrimonio cultural de carácter nacional y de sector económico y sistema productivo propio y bien delimitado en su contenido. La Tauromaquia es un conjunto de actividades que se conecta directamente con el ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas amparados por nuestra Constitución, como son las de pensamiento y expresión, de producción y creación literaria, artística, científica y técnica. Y resulta evidente que la Tauromaquia, como actividad cultural y artística, requiere de protección y fomento por parte del Estado y las Comunidades Autónomas».
La Ley incluye una definición de Tauromaquia como «conjunto de conocimientos y actividades artísticas, creativas y productivas, incluyendo la crianza y selección del toro de lidia, que confluyen en la corrida de toros moderna y el arte de lidiar, expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo español. Por extensión, se entiende comprendida en el concepto de Tauromaquia toda manifestación artística y cultural vinculada a la misma».
Y en su artículo tercero se establece su protección «los poderes públicos garantizarán la conservación de la Tauromaquia y promoverán su enriquecimiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Constitución».
BOE-A-2013-11837 PATRIMONIO CULTURAL