El MAPA (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación) publicó el 20 de octubre en el Boletín Oficial del Estado una nueva orden «por la que se
establecen medida específicas de protección en relación con la lengua
azul».
Se unifican las zonas restringidas S-4 y S-1-4 determinadas en la orden anterior, facilitando así «los movimientos de animales sensibles dentro de dicha área y garantizando siempre el control sanitario de los movimientos hacia la zona libre de la enfermedad, al tiempo que se amplía la zona restringida a determinadas comarcas de las provincias de Granada y Almería».
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