La Junta de Andalucía en su Boletín Oficial (BOJA) del 20 de junio hizo público el Decreto (179/2003) que modifica a uno anterior (55/1998), por el que se establecen los requisitos sanitarios aplicables al movimiento y transporte de ganado y otros animales. Los aspectos más destacados de este decreto son:
La reelaboración de un nuevo formulario para documentar el traslado de animales a un lugar autorizado, distinto del matadero.
Que las autorizaciones para el traslado por sacrificio de animales de explotaciones incluidas en las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG) puedan realizarse por veterinarios acreditados.
Los veterinarios podrán autorizar también el traslado de los toros de lidia cuyo destino sean las plazas de toros, al equipararse dichos recintos como mataderos autorizados.
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